Por Daniel Santoro.-
Luego del veredicto del tribunal oral que absolvió a Carlos Telleldín y los otros acusados como supuestos partícipes del atentado contra la AMIA, el fiscal Alberto Nisman y los abogados de la DAIA, AMIA y Familiares de las Víctimas van camino a apelar esa decisión ante la Cámara de Casación Penal.
Los jueces Guillermo Gordo, Gerardo Larrambebere, Miguel Pons absolvieron Telleldín, al ex comisario Juan José Ribelli y otros policías bonaerenses, pero dieron por probado que el reducidor de autos robados vendió el motor de la Trafic usada como cochebomba aunque sin saber que era para cometer un atentado (Ver El fallo…).
Si bien los argumentos en que se apoya el veredicto se conocerán el 29 de octubre, los abogados adelantaron que en la estructura de las decisiones del tribunal oral Telleldín aparecería como el eslabón más débil del fallo, que anuló por irregularidades la investigación del juez Juan José Galeano desde octubre 1995 en adelante.
El fiscal Alberto Nismam, que quedará a cargo de una unidad especial de fiscales para seguir la investigación, dijo a Clarín que espera ver con qué argumentos el tribunal oral no consideró probado que Telleldín desconocía que el motor la Trafic —encontrado en los escombros de la DAIA junto a otros pedazos dice Galeano en uno de sus fallos— iba a ser usada para un atentado explosivo.
El acta de secuestro del motor —encontrado en las ruinas de la AMIA— confeccionada por bomberos de la Policía Federal identifica al motor con el número 2.831.467, pero Telleldín puso 2.631.467 en el boleto de compra—venta (ver facsímil) que Galeano había considerado ideológicamente falso. El Tribunal Oral también denunció por falso testimonio a los bomberos que firmaron el acta de secuestro del motor porque en, realidad, lo encontraron rescatistas israelíes tal como declararon luego en la causa de Galeano.
Nisman recordó que en su alegato sostuvo que «Telleldín tenía conocimiento que la Trafic se iba a usar para una explosión, pero no pudimos probar que sabía que era para el ataque a la AMIA». Esto lo llevó a descartar pedir su perpetua con el agravante de odio racial que pena la ley antidiscriminatoria. «A Telleldín no le alcanza la nulidad del tribunal oral porque es desde octubre de 1995 y él está investigado desde el año anterior», adelantó tras analizar el veredicto.
La abogada de la DAIA, Marta Nercellas —también cuestionada por el tribunal oral— enumeró otros indicios contra Telleldín:
# «Una persona llamada Ramón Martínez (nombre que aparece en el boleto de compra—venta como el comprador) con otro número de DNI fue un socio de Telleldín procesado junto a él en una vieja causa por venta de electrodomésticos robados, pero no tenía nada que ver con la Trafic». Este comentario supone que Telleldín habría puesto el nombre de un conocido para tapar al verdadero comprador.
# «Telleldín se fugó a Misiones cuando se enteró que la AMIA fue volada con una Trafic».
# «La mujer de Telleldín hizo el 18 de julio de 1994 averiguaciones para alquilar otra casa en la provincia de Buenos Aires».
Miguel Bronfman, uno de los abogados de la AMIA, dijo que «la querella unificada de AMIA, DAIA y Familiares de las Víctimas vamos a ir a Casación por las dudas sobre Telleldín y otros temas. No conocemos los argumentos, pero un fallo tan adverso tiene que ser revisado por un tribunal superior».
Por su parte, Pablo Jacoby, abogado de Memoria Activa, dijo que una vez que realice una «lectura pormenorizada» de los argumentos del veredicto, consultará con sus clientes y decidirá si también apela a Casación. Jacoby recordó que Memoria Activa acusó a Telleldín como partícipe necesario.
«Es obvio que cuando se planifica un atentado por cuestiones de seguridad pocos conocen el destino final al que se dirige el coche bomba. La célula que prepara el coche bomba no sabe el destino que le dará al vehículo la célula que ejecutará el ataque. De tal manera, Telleldín ignoraba que la masacre iba a ser en la AMIA», finalizó Jacoby.
Fte Clarin