-La Corte considera que Israel «tiene la obligación de acabar con sus violaciones del Derecho Internacional, paralizando la construcción del muro construido en el territorio palestino ocupado, incluido el tramo en y en torno a Jerusalén este».
-Insta a Israel a devolver tierras y otras propiedades e inmuebles a «todos los palestinos que hayan sufrido cualquier forma de daño material como consecuencia de la construcción del muro».
-La Corte considera que la construcción del muro viola la Convención de Ginebra de 1949, que defiende los derechos de los ciudadanos civiles en tiempos de guerra, y que tal Convención es aplicable en el conflicto entre Israel y Palestina.
-Los derechos de los que se priva a los palestinos son, según la sentencia, «autoderminación, trabajo, asistencia, salud, protección, educación y libertad de movimiento».
-La decisión de la Corte tiene carácter meramente consultivo y no es vinculante, por lo que su contenido no será una orden sino una mera recomendación. Sin embargo, el Tribunal de La Haya considera que son la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de la ONU quienes «tienen que considerar» qué «acciones futuras se requieren para poner fin a la situación ilegal resultante de la construcción del muro».
-La Corte aconseja a la ONU que «intensifique sus esfuerzos» para acabar con el conflicto entre Israel y los palestinos, que «supone una amenaza para la paz y la seguridad internacional». La Corte defendió además su competencias para pronunciarse sobre el muro de Cisjordania, lo cual fue rebatido por escrito, el pasado febrero, por Israel y otros países como Rusia, Estados Unidos y Canadá.
-El fallo, que lleva por título «Implicaciones legales de la construcción de la barrera en tierras palestinas ocupadas», se refiere solamente al tramo del muro que está construido en territorio palestino y no israelí, de acuerdo con la división entre los dos Estados, conocida como «Línea Verde».
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