Itongadol/AJN.- El presidente de la DAIA, Julio Schlosser, estimó que llegará a la Corte Suprema de Justicia el amparo presentado por las instituciones centrales de la comunidad judía argentina para que se declare inconstitucional la ley que aprobó el memorándum de entendimiento que la Argentina firmó con Irán en relación a la causa que investiga el atentado a la AMIA.
En declaraciones a la Agencia Judía de Noticias (AJN), Schlosser explicó que “no cambia nada” que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal haya resuelto que el juez de la “causa AMIA”, Rodolfo Canicoba Corral, sea quien decida sobre la “inconstitucionalidad, invalidez e inaplicabilidad” de la ley 26.843, que aprobó el acuerdo con Teherán.
“Había una cuestión de competencia y la Cámara resolvió en favor de Canicoba Corral. El juez ya se había declarado incompetente y la Cámara se lo devolvió por lo que ahora hay que esperar a ver si lo acepta o apela”, indicó el titular de la representación política de la comunidad judía argentina.
No obstante, Schlosser estimó que el caso terminará en la Corte, ya que “si se resuelve a favor del Gobierno, la AMIA y la DAIA vamos a apelar, y si se acepta el recurso apelará el Gobierno”.
“Si hubiéramos entendido que Canicoba Corral era el competente, lo habríamos presentado en el juzgado de Canicoba Corral, pero la DAIA y la AMIA lo presentaron ante la jueza Susana Córdoba, en lo Contencioso Administrativo, que dijo que no era competente y se lo mandó a Canicoba Corral. El juez a su vez se lo mandó a la Cámara que dijo que lo debía resolver el juez de la causa AMIA”, comentó.
Más allá de eso, el dirigente aclaró que el expediente aún no empezó, ya que todavía no tiene asignado un juez.
Schlosser realizó estas declaraciones luego de que la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió el jueves, por mayoría, que el juez de la “causa AMIA”, Rodolfo Canicoba Corral, sea quien decida sobre la “inconstitucionalidad, invalidez e inaplicabilidad” de la ley 26.843, que aprobó el “Memorándum de Entendimiento entre la República Argentina y la República Islámica de Irán sobre los temas vinculados al ataque terrorista contra la sede de la AMIA en Buenos Aires el 18 de julio de 1994”, tal como lo solicitaran la AMIA y la DAIA.
Las entidades también solicitaron dos medidas cautelares y su presentación cayó sorteada en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 5, a cargo de María Alejandra Biotti, quien se declaró incompetente y la remitió al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº de 6 de Canicoba, quien la rechazó y por ello debió intervenir la alzada del tribunal original.
Para los camaristas Luis Márquez y José Luis López Castiñeira “parece claro que, a tenor de su contenido, mecanismos y objetivos, el Memorándum aprobado por la ley 26.843 proyectará directa y decisiva incidencia en la causa penal en trámite, llegando incluso a determinar la realización de actos procesales y a establecer secuelas informativas con relación a organismos de seguridad auxiliares a la investigación judicial”.
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