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La frustración de la ética. Por Juan José Avila

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Diversas personas me han pedido mi parecer sobre la resolución dictada por el Tribunal Oral Federal Nº 3, que dispuso la absolución de la totalidad de los llevados a juicio. Advertí en casi todos mis interlocutores un profundo desconcierto y en muchos, pese a ser abogados, desconocimiento de circunstancias decisivas del proceso. Ello me movió a escribir estas líneas.

Lo anunciado por el Tribunal el 2 de septiembre es sólo la parte dispositiva del fallo, que se debe dictar inmediatamente después del último acto del juicio oral, de acuerdo con el Código Procesal Penal de la Nación; sus fundamentos se han de conocer dentro de 40 días. No obstante, junto con el fallo, el Tribunal se vio obligado a emitir un comunicado para justificar su resolución absolutoria.

La resolución se basa, respecto de los imputados con excepción de Carlos Telleldín (el mecánico que armó la Trafic usada como vehículo y carcasa de la bomba que explotó en Pasteur 633), en la nulidad de lo actuado en la causa denominada «Brigadas», en la que se investigó a policías bonaerenses de Lanús y de Vicente López.

Vale la pena destacar que Telleldín fue el único imputado a quien acusaron todas las querellas con personería en el juicio. Nuestra querella, junto con las de DAIA y Familiares y Amigos de las Víctimas había acusado, además, a cuatro policías (Juan José Ribelli, Raúl Ibarra y Anastasio Leal) por su complicidad primaria en el atentado y a otro, Mario Bareiro, por complicidad secundaria.

El Ministerio Público Fiscal hizo otro tanto, pero también pidió severas penas para estos mismos y otros 18 imputados por otros delitos gravísimos: privación ilegal de la libertad, secuestro extorsivo e instigación al falso testimonio.

Estos hechos también fueron objeto de prueba durante los casi tres años de juicio oral y el Tribunal se encontraba plenamente habilitado para juzgarlos. Sin embargo, dado el camino elegido para resolver la causa -la nulidad de todo lo actuado desde octubre de 1995, cuando comenzó la causa «Brigadas»- la prueba producida sobre ellos durante las audiencias del juicio oral fue desechada, y esos hechos quedaron sin ser valorados.

Aunque, como se dijo, en su comunicado el Tribunal adelantó las razones de su decisión que, por cierto, no compartimos en absoluto, la crítica de éstas se hará cuando se las conozca completas, integrando los recursos que autoriza la ley. No obstante quisiera adelantar lo siguiente: no tengo dudas de que el Tribunal emitió un fuerte mensaje a la comunidad jurídica -en especial, a sus pares-, y a la sociedad, al advertir que no puede haber eficacia sin ética, una confusión que los argentinos hace muchos años que padecemos.

Pero, lamentablemente, quedó a medio camino, y en cuestiones éticas no caben los atajos: con la nulidad, también el Tribunal, al privarse de resolver sobre hechos gravísimos que no tienen ninguna relación con la supuesta «historia oficial» sobre el atentado a la AMIA, cedió a la eficacia en desmedro de la ética. Por eso, se vio obligado a adelantar explicaciones y, por eso, se siente la sensación de impunidad que todos acusamos; además no cabe duda de que también se quedó a mitad de camino cuando denunció a algunos funcionarios y a otros, no. Una nueva oportunidad perdida.

El autor es abogado de la querella AMIA
La Nacion

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