Sancionada: Septiembre 27 de 1995
Promulgada: Octubre 25 de 1995
Artículo 1º – Declárase día no laborable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía los días de Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), dos (2) días y el Día del Perdón (Iom Kipur), un (1) día.
Artículo 2º – Deróganse todas las medidas que se opongan a esta Ley.
Artículo 3º – Comuníquese al Poder Ejecutivo. ALBERTO R. PIERRI – EDUARDO MENEM – Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo – Edgardo Piuzzi
DECRETO 621/95
Bs. As., 25/ 10/ 95
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.571, cúmplase, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -RUCKAUF. Carlos V. Corach.
Fte Hillel Argentina