Itongadol/AJN.- La Sala 1 de la Cámara Criminal y Correccional Federal declaró ayer, jueves, “mal concedido el recurso de apelación interpuesto” por la defensa del polémico referente ultrakirchnerista Luis D’Elia, quien fuera procesado, el 1º de septiembre, por el juez Luis Rodríguez por “alentar o incitar a la persecución o el odio contra una persona -Sergio Schoklender- o grupo de personas a causa de su religión -comunidad judía-, personas a las que identifica por sus apellidos y por figurar en una lista de candidatos -Frente Progresista por Buenos Aires- en las que se propone como candidato a jefe y vicejefe de gobierno para la elección de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del día 10 de julio de 2011 a Jorge Telerman y Diego Kravetz”.
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Los jueces Eduardo Freiler y Eduardo Farah explicaron que para darle lugar resulta “necesario que se señale por qué razón genera un gravamen” a sus intereses, con “la exigencia de la específica indicación de las razones en los que se sustenta la impugnación”, dado que “los motivos del agravio posibilitan a la Alzada delimitar el marco de su conocimiento y coetáneamente determinar los puntos de la resolución que se cuestionan”.
Sin embargo, “de estas precisiones, justamente, se halla huérfana la presentación debatida en el caso”, ya que “la genérica mención que hace la defensa, vinculada a que el juez habría descontextualizado la frase adjudicada a su pupilo, lejos está de satisfacer las exigencias a las que se hiciera alusión”.
Asimismo, “el resto de las manifestaciones que acompañan a aquella afirmación ni siquiera se esfuerzan por desafiar las razones que condujeron al juez a decidir en el sentido impugnado, sino tan sólo a manifestar su disconformidad”, completaron los camaristas.
Tras la denuncia de la DAIA, el juez Rodríguez le imputó a D’Elia la violación del segundo párrafo del artículo 3º de la ley 23.592 (antidiscriminatoria), que contempla penas de un mes a tres años de prisión para “quienes por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas”.
En declaraciones radiales de junio de 2011, en el contexto de un millonario desvío de fondos de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, el procesado “desarrolló como hipótesis una supuesta operación de desprestigio a uno de los organismos más importantes de derechos humanos de nuestro país, llevada adelante por el servicio de inteligencia israelí -Mossad- y del cual sería integrante Sergio Schoklender”, quien se desempeñaba en esa entidad, recordó el magistrado.
“En medio del desarrollo de esta teoría conspirativa de desprestigio, la cual se inicia haciendo referencia a todas las personas que tienen apellido Schoklender y similares a los de Schoklender, Luis D’Elia manifiesta: ‘ahora, vos mirá la lista, todos paisanos, eh? (…) la lista de los muchachos éstos, todos paisanos (…) Eh y encabezados por estos dos paisanos (…) no me extrañaría que estemos ante una fenomenal maniobra de inteligencia’”, agregó.
Para el juez, “de esta manera, con la palabra ‘paisano’, la cual por sí sola no tiene una connotación negativa, identifica a todas las personas judías, a las que asocia a esa ‘fenomenal maniobra de inteligencia’ de desprestigio a las Madres de Plaza de Mayo llevada adelante por un servicio de inteligencia internacional -Mossad- en la que participaría Sergio Schoklender”.
En el programa radial, D’Elia contó que Vicente Zito Lema, primer rector de la Universidad de las Madres, le había deslizado la sospecha de que Schoklender podría haber sido infiltrado por la inteligencia israelí para desprestigiar a la entidad, pero al declarar como testigo, el filósofo lo negó.
“Con posterioridad a que la difusión de esta teoría tomara estado público y fuese objeto de duras críticas por parte de la sociedad en su conjunto, así como de sectores políticos y diferentes organizaciones sociales; el imputado D’Elia lejos de aclarar, explicar o retractarse, volvió a utilizar la palabra ‘paisano’ a través de la red social Twitter en los mismos términos, el día 5 de julio de 2011”, en alusión a Telerman y Kravetz, prosiguió.
En su indagatoria, el polémico dirigente se defendió con dos argumentos por demás curiosos: que su candidato a Presidente para 2015 es Axel Kicillof, que es judío, y que “el término ‘paisano’” lo había utilizado “de manera afectiva” porque a su juicio “es una palabra que integra y es amable”.
“Los hechos tal como se sucedieron me permiten afirmar que el término ‘paisano’ no fue utilizado en forma afectiva por el imputado -en el programa de radio ni en Twitter- y que, por tal razón, el descargo efectuado por D’Elia constituye un mero intento de mejorar su situación procesal debido a que su explicación no puede corroborarse en forma fáctica a través de la evaluación de las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron”, lo refutó el juez.
“Ésta fue, además, la conclusión a la que se arribó en el Dictamen N° 160-11 del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el que se sostuvo que ‘el Sr. Luis D’Elia ha incurrido en una práctica social discriminatoria en términos del Plan Nacional contra la Discriminación, al contribuir a la creación y promulgación de un estereotipo negativo respecto de los/as integrantes de la comunidad judía’”, añadió Rodríguez en referencia a la opinión especializada del INADI.
En caso de ser condenado, el polémico referente ultrakirchnerista iría a la cárcel porque ya tiene una sanción en suspenso, que se efectivizaría al registrarse un castigo adicional.