Itongadol.- La Comisión Directiva de la AMIA, atenta a la comunicación recibida del INAES (Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social), el órgano estatal de control de las entidades mutuales, decidió convocar para el próximo domingo 30 de abril a la masa societaria a elegir, mediante su voto, a los 90 representantes de asociados titulares que integrarán la Asamblea de la institución y los respectivos suplentes.
Esta decisión se produce luego de que el acto eleccionario fuera suspendido en dos oportunidades por decisión judicial, a pedido de miembros de “Juntos por AMIA”, agrupación conformada a principios del 2016 por los factores Plural Jai y Amia es de todos, participantes de la política interna de la AMIA y opositores a la actual conducción integrada, mayoritariamente, por miembros del Bloque Unido Religioso (BUR), de Avodá de Argentina y de factores minoritarios.
De acuerdo a lo informado oficialmente podrán votar “los asociados activos que hayan cumplido un año de antigüedad al día de la elección y hayan pagado todas sus cuotas hasta ese momento. Los socios activos de antigüedad mayor a un año, pero no menor de 15 meses, tendrán derecho al voto siempre que no estén atrasados en el pago de sus cuotas sociales en más de tres meses”.
A diferencia de lo que era habitual, para esta elección se instaura un nuevo sistema para los socios que adeuden más de tres cuotas sociales y deseen votar.
Hasta la última elección, hace cuatro años, los asociados que adeudaban cuotas sociales figuraban en el padrón con la indicación que para poder votar debían ponerse al día, lo que podían hacer hasta antes de emitir su voto, ya que en los lugares de votación había una cobradora de la institución a ese efecto.
Para poder votar el 30 de abril venidero, los socios de AMIA que adeuden más de tres cuotas sociales y/o “requieran actualizar los datos que figuran en los registros de la institución, podrán regularizar su situación pasando por el Puesto de Atención al Socio que se encuentra en la sede central, de lunes a viernes de 8 a 16 hs., hasta el viernes 28 de abril a las 10 hs. e integrarán el denominado Padrón Electoral, que será dividido en la cantidad de mesas receptoras de votos que se establezcan en diversas instituciones de la ciudad de Buenos Aires y algunas del Gran Buenos Aires. Aquellos que integrando el Padrón General y adeuden cuotas, podrán pagarlas hasta el mismo día de la elección en la sede de la AMIA, Pasteur 633, y allí emitir su voto”.
Es importante tener en cuenta que a principios de febrero pasado, la Comisión Directiva ajustó a valores constantes y en moneda de curso legal vigente la cuota social establecida en el Estatuto, siendo su importe de $ 21.- mensuales.
Como es habitual, o debería serlo, los socios han de recibir “en el domicilio que se encuentra registrado, una carta con la Convocatoria a Elecciones”.
Los factores intervinientes en la vida política interna de la AMIA, que deseen participar de la elección, deben presentar sus listas de candidatos hasta el 31 de marzo a las 12 hs. en la sede comunitaria, y “una vez que se hayan oficializado dichas listas, se pondrán a conocimiento de los socios a través de los diferentes canales institucionales de comunicación”, informó la AMIA. Próximamente se podrá consultar el padrón electoral en la página web de la institución, mientras que aquellos que deseen conocer la situación específica de uno o más asociados, pueden hacerlo llamando por teléfono al 4959-8851/52/54, o vía email a [email protected]
Las autoridades de la AMIA han puesto manos a la obra para cumplir con lo indicado por el INAES, pero seguramente los asociados compenetrados en el diario accionar de la institución se preguntarán cuál será la reacción de “Juntos por AMIA” o de cada uno de los factores que lo integran, “Amia es de todos” y “Plural Jai”.
Si la AMIA cumplió todo lo que le indicó el INAES en relación a la conformación del padrón electoral y demás argumentos que utilizaron para que judicialmente se suspendiera el acto electoral el año pasado, se supone que no deberían poner objeciones a fin de que la institución pueda regularizar su situación de acuerdo a lo dispuesto por su Estatuto, la Ley de Mutuales Nº 20.321 y disposiciones generales y particulares del INAES, y el órgano de control no deba tomar medidas más extremas.