El lunes 26 de abril el Juzgado de Familia Nº 1 del Departamento Judicial de Morón lanzó la Convocatoria Pública para postulantes a guarda con fines de adopción que profesen la religión judía para tres niños de 2, 4 y 6 años de edad, que Ieladeinu está acompañado desde que el más pequeño tenía sólo unos meses.
Para lograr que se resuelva judicialmente el estado de adoptabilidad de los chiquitos, Ieladeinu trabajó fuertemente para que legalmente se respete la identidad de los niños y sean adoptados por una familia judía.
En este contexto, conversamos con la letrada representante de nuestro programa, Dra. Grisel Gincoff.
P: El Juzgado de Familia Nº1 de Morón acaba de lanzar una convocatoria pública a guarda con fines de adopción de tres niños judíos. ¿Cuál es la relación de los niños con el programa?
GG: Desde bastante tiempo atrás a esta resolución judicial, se ha venido trabajando y articulando la problemática situación familiar, conjuntamente con el organismo de Protección Servicio Local de una jurisdicción del conurbano bonaerense y el Juzgado De Familia N° 1 del Departamento Judicial de Morón inteviniente, en atención a la vulneración de sus derechos en su propio ámbito familiar, agotando todas las instancias de cuidado por parte de la misma.
Ieladeinu estuvo trabajando e intentando mantener sus vínculos biológicos parentales, pero resultó imposible sostenerlo, ante la grave situación que estaban atravesando los niños, que además eran realmente pequeños. Entonces el juzgado dictó una Medida de Abrigo, que implicó la separación de los niños de su entorno familiar, a fin de que estuvieran protegidos.
Entonces, teniendo en cuenta la identidad judía de los chicos, desde nuestro programa ofrecimos el dispositivo del área de Integración Comunitaria con “Familias solidarias”, y así evitar su institucionalización. Este dispositivo es el resultado de un convenio entre Ieladeinu y la Dirección Provincial de la Niñez y Adolescencia.
P ¿Cómo se solventaron los gastos de manutención de los niños, durante estos años?
GG: La comunidad de Jabad, a través de su programa Ieladeinu, fue la encargada de solventar toda la ayuda social, manutención de escolaridad privada, salud, cuidados personales con personal especializado, educación privada judaica, entre otras necesidades y en apoyo con las familias solidarias y de apoyo siendo- Es decir que toda la inversión en el cuidado de los chicos –como sucede con el resto de los niños del programa- es sobrellevada de manera privada, por intermedio de la institución.
P: ¿Cuál fue el accionar del Área Legal de Ieladeinu en esta causa?
GG: El área legal, junto con todo el Programa Ieladeinu, trabajó transversalmente con los organismos intervinientes, centrándose en reconocer, mantener y hacer respetar la “identidad judía de los hermanitos”. Para ello, nos presentamos en todas las actuaciones en el expediente judicial, informando del trabajo de campo que se venía desarrollando en esos momentos desde el área de Fortalecimiento Familiar del programa, aun antes de que el juzgado decidiera la medida de abrigo.
P: ¿Cómo se llegó al fallo para que los niños sean adoptados por una familia judía?
GG: Luego de determinada la medida de abrigo, que permitió la continuidad del cuidado de los niños con las familias solidarias, nos presentamos para solicitar que se declare el estado de adoptabilidad, considerando como eje fundamental “el derecho a la Identidad Judía”, partiendo del Derecho de las Minorías, según lo establecido en la Declaración Sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas y Lingüísticas. El juez falló favorablemente en febrero de 2020 y así quedó establecido.
Entonces, nos encontramos con un nuevo escollo que fue el comienzo de la pandemia, que más allá de las consecuencias que tuvo a nivel social, permitió evidenciar ciertas falencias en las cuestiones de administración de justicia, que tuvo como correlato el retardo en la solicitud y envío de los legajos de pretensos adoptantes inscriptos en los registros jurisdiccionales, y provinciales.
Allí descubrimos que había una gran falencia en el sistema de inscripción registral y selección informática de los legajos de pretensos adoptantes en los registros provinciales y Nacional (RUAGA), dado que en las planillas de inscripción no se cuenta con el espacio donde se clarifique la identidad como cultura y/o religión de las familias y/o personas inscriptas como pretensos adoptantes, ni de los chicos a adoptar.
Así nos encontramos que, contra lo que se había dispuesto, el Juzgado había seleccionado una familia no judía del interior del país para ser evaluada para la adopción.
Desde Ieladeinu solicitamos el 3 de noviembre del 2020 la Convocatoria Pública a fin de que todas las familias judías del país tuvieran la oportunidad de ser evaluadas y seleccionadas como pretensos adoptantes por el Juzgado interviniente. Paralelamente, desde el equipo jurídico presentamos una Medida de no Innovar, a fin de mantener a los niños en sus actuales centros de vida en la comunidad judía. Luego se apeló que Ieladeinu fuera reconocido como parte en el proceso.
P: ¿Esto genera algún tipo de jurisprudencia?
GG: No solo genera jurisprudencia, sino también sienta precedentes en el “Derecho a la Identidad” de toda cultura y/o religión, en las cuestiones de adopción.
Sobre todo porque se planteó no sólo el Derecho a la Identidad Judía, sino también, al Derecho de las Minorías, a la Tutela Judicial Efectiva, al Interés Superior del Niño, el Derecho a la no Discriminación , y a los demás derechos vulnerados del caso en particular.
P: ¿Entonces, a partir de ahora se toma en cuenta la religión?
GG: Es mucho más profundo que eso, porque en el presente caso se planteó a la identidad judía como pueblo, es decir su cultura y no sólo la religión. Es decir que la resolución judicial se basa en la identidad judía, lo que refiere directamente al credo judío de cualquier tipo de familia de la colectividad sin importar su nivel de religiosidad.
P: ¿Cuál era el lugar que se le daba a la identidad de los Niños Niñas y Adolescentes en los procesos de adopción hasta ahora y cuál creés que será a partir de esta acción interpuesta por el área de Legales de Ieladeinu?
Creo que se habla mucho del “Niño Sujeto de Derechos”, pero que aun en el siglo XXI, continúan muchos de sus derechos aun vulnerados.
Por eso, pensamos y rogamos porque esta semilla de Ieladeinu, plantada jurídicamente, crezca de tal manera que ayude a concientizar en la defensa de los Derechos a la Identidad Cultural y Religiosa, como asimismo a reformar el sistema de adopción y sus correspondientes registros.