Inicio NOTICIAS Denuncia del Fiscal Nisman por la desaparición o sustracción de los cassettes.
Se complica la situación del Juez Galeano.

Denuncia del Fiscal Nisman por la desaparición o sustracción de los cassettes.
Se complica la situación del Juez Galeano.

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Escuchas
entre el 29 de julio y el 8 de agosto de 1994. Este
hecho, que todo indica que ocurrió en los primeros
momentos de la investigación, está rodeado por una
cantidad de circunstancias sumamente llamativas y que
no permiten descartar la complicidad del Juez y otros
funcionarios para no avanzar en esta línea de
investigación y dejar en vía muerta todas las pruebas
en contra de K.E.

En estos 4 meses que llevamos al frente de la causa,
la primer tarea emprendida, para intentar profundizar
las distintas pistas que se encuentran abiertas como
así también evaluar la procedencia de nuevas líneas de
investigación, consistió en efectuar un nuevo estudio,
partiendo de cero, de toda la causa, sus legajos,
anexos, etc.
En este marco, uno de los legajos que fueron materia
de este análisis fue el que se investigaba la
participación de Alberto Kannore Edul.
En un principio aparecían como elementos de cargo a su
respecto, esencialmente 3 circunstancias:
A) Que desde su celular, el 449-4706, el día 10 de
julio, cuando Telleldín efectuó el traspaso de la
camioneta, recibió un llamado del celular de Kannore
Edul, quien primero intentó hacer creer que lo había
efectuado su chofer para luego terminar admitiendo que
fue él quien lo llamó, interesado en la camioneta
B) Que en una de sus agendas figuraba el nombre del ex
agregado cultural de la Embajada Iraní en Buenos
Aires, y fuertemente sospechado de su participación en
el atentado, Moshen Rabbani
C) El mismo camión que había entregado un volquete en
la AMIA, minutos antes de la explosión, luego de
dejarlo allí, llevó otro volquete a un terreno baldío
ubicado en Constitución al 2600, a una cuadra del
domicilio de Edul y apenas minutos después de ocurrida
la explosión.

Se observó también que desde diciembre de 2003, El
Juez Bonadío le estaba reclamando al Dr. Canicoba
Corral la remisión de varias transcripciones de
escuchas, entre ellas la del celular en cuestión, y
que cuando al causa fue remitida a esta Unidad Fiscal,
las mismas no habían sido halladas. Se trata de las
escuchas entre el 29 de julio y 8 de agosto, de los
primeros días y fundamental por cuanto abarcaba el día
de los allanamientos en el domicilio de Kannore Edul.

Ante ello, se dispuso una búsqueda en la totalidad de
causas, legajos, anexos de escuchas telefónicas,
cassettes, etc., para dar con el paradero de los
mismos, y no fueron hallados.
De la documentación acompañada se determinó que los
cassettes fueron remitidos por la SIDE y se
encontraban en el ámbito de la Policía Federal,
concretamente en el ex POC, y de allí desaparecieron.
La Policía Federal informa que, pese a haberlos
recibido, no los tiene y que desconoce el destino de
los mismos.

Con respecto a las transcripciones, se determinó que
fueron recibidas en el Juzgado de Galeano el 23 de
agosto de 1994 (esto consta en la causa y fue aceptado
por la Secretaria Spina), y desde allí se pierde por
completo el paradero. Nunca, a partir de allí existió
una constancia judicial que se efectuara algún
análisis de las mismas ni ningún dato que permita
indicar que se hizo de ellas. Recién a partir del año
2000 se le recibe declaración indagatoria a Kannore
Edul, y se lo hace en 5 oportunidades diferentes.
Contrariando el criterio general que el juez
instructor siguió en esta causa respecto de la casi
totalidad de los otros imputados, a K.E. en ninguna de
sus declaraciones se le hizo escuchar las cintas ni se
le leyeron las transcripciones. Pareciera que se las
tragó la tierra.
El juzgado, que había recibido las transcripciones en
agosto de 1994, y ante sendos requerimientos que le
hizo tanto el juez Canicoba Corral como últimamente la
Unidad Fiscal, la Secretaria Spina se limitó a decir
que no se hallaban ni transcripciones ni cintas ni
constancias de remisión a otra sede.

Y como ya adelantamos, hay una serie de circunstancias
que no permiten dejar de lado la hipótesis que esta
desaparición haya respondido a un plan previamente
planificado para correr del centro de las sospechas a
Alberto Jacinto Kannore Edul.

1) El criterio general que primó en esta causa fue el
de disponer intervenciones telefónicas prácticamente
sine die, las que se han mantenido a todo evento aún
cuando no existieran circunstancias que demostraran su
inequívoca necesidad.
Sin embargo, en este caso la misma fue dejada sin
efecto de manera abrupta, apenas 10 días después de
ser ordenada y cuando existían serios indicios contra
K.E.
Fue pedida la inusual desintervención por el
Subsecretario Anchézar, sin justificar la causa y el
juez, infundada y sorpresivamente, hace lugar.
Le mandaron las transcripciones hasta el día 2, y
nunca pidió el Juez las que faltaban, un desinterés
total.

2) Galeano ordena al Secretario Velazco que efectúe
una certificación de todas las líneas intervenidas
vinculadas con K.E., y llamativamente, se omite toda
mención al 449-4706 en el período aludido del año 94.
Pero sí se deja constancia de una intervención
posterior, ordenada en el 95, cuando ya el teléfono no
estaba a nombre de Kannore Edul y estaba fuera de
servicio por falta de pago.

3) Declaraciones de Agentes de la Side Jorge Lucas y
Antonio Stiuso, quienes refirieron que mientras su
hipótesis de trabajo vinculaba a K.E. con el traspaso
de la camioneta, Galeano siempre tendió a desestimar
esa posibilidad.

4) La llamativa circunstancia que al ordenarse el 1 de
agosto del 94, 3 allanamientos sobre viviendas y
comercios de K.E., uno de ellos se resolvió
suspenderlo y no hacerlo, dejando constancia la
Secretaria que se lo suspendía en atención al
resultado de los otros allanamientos, lo que resulta
una falacia ya que en los restantes, que se iba a
buscar material explosivo, agendas y todo tipo de
documentación, solo fueron halladas 2 agendas pero
aún así, nada autorizaba a suspenderlo.

5) La seria sospecha de lo irregular del trámite de
los mismos, ya que policías intervinientes dijeron que
estuvieron apostados en los lugares desde las 8 de la
mañana y pese a que la orden de allanamiento estaba,
recién se los autorizó a ingresar pasadas las 17:00
hs., a lo que se suma la sospecha que pudo haber
existido algún llamado telefónico que pudo haber
avisado de los procedimientos a realizarse,
circunstancia que está siendo investigada.

5) Recién se lo indaga a K.E. en el 2000, cuando la
prueba de cargo a su respecto estaba hace mucho antes.
Esto va de la mano con la escasa actividad procesal
que llevó adelante Galeano en este legajo hasta esa
fecha. Desde el 94 hasta ppios. del 2000, cuando
finaliza la gestión de una administración respecto de
la cual existen sospechas de obstruir la
investigación, el legajo tenía apenas 5 cuerpos,
cuando era el momento de realizar la mayor cantidad de
diligencias probatorias. Desde el 2000 en adelante se
alcanzó la cantidad de 83 cuerpos en el legajo de
Kannore Edul. Si bien la cuestión no pasa por lo
meramente cuantitativa, esto no es un dato menor. A
ello debe sumarse la existencia de varios otros
legajos, seguidos a personas de ascendencia
extranjera, que desde que se iniciaron en el 94 o 95
tuvieron un parate hasta el 99, que parece que como
por arte de magia se reactivan y algunos hasta se los
saca del archivo para inviestigarlos.

6) K.E. tenía en su agenda, llamativamente, la
dirección de 11 talleres mecánicos, pese a tener un
comercio textil. Galeano pide una investigación sobre
los mismos. Ese informe del 95 era absolutamente
incompleto. Galeano no pide ampliarlo y en vez de
agregarlo en el legajo lo manda al ppal. Recién en el
2000, no se sabe como, advierte que está mal agregado
y pide otro complementario. Pero recién lo hace,
justamente, en el 2000.

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