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AMIA/Nisman. DAIA pide ser querellante y reactivar denuncia contra ex Presidenta por encubrir a iraníes

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Itongadol/AJN.- La DAIA le solicitó hoy, martes, al titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3, Daniel Rafecas, ser querellante en la causa 777/2015 “Fernández de Kirchner Cristina y otros s/encubrimiento” y que reactive la denuncia que hiciera el fallecido titular de la Unidad Fiscal de Investigación del Atentado a la AMIA, Alberto Nisman, contra la entonces Presidenta (ambos en la foto) y su canciller, Héctor Timerman, entre otros, por encubrimiento por favorecimiento personal agravado de los imputados iraníes, impedimento o estorbo del acto funcional e incumplimiento de los deberes de funcionario público a través del Memorándum de Entendimiento con la República Islámica.

La desestimación del juez, el 26 de febrero del año pasado, “no causa estado” y “entiende esta parte que han aparecido nuevos elementos no valorados anteriormente, por lo que la presente causa debe reabrirse”, aseguró su presidente, Ariel Cohen Sabban, con el patrocinio letrado del secretario general, Santiago Kaplun.

Uno de ellos es la inconstitucionalidad del mencionado pacto, pero fundamentalmente la presentación hace hincapié en que en el expediente 14305/2015, por presunta traición a la patria del ex canciller Héctor Timerman, “surge un nuevo elemento fundamental que es el audio de una conversación telefónica entre Guillermo Israel Marcos Borger (quien fuera presidente de la Asociación Mutual Israelita Argentina -AMIA-) y Héctor Marcos Timerman (ex Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación) donde este último admitiría que la República Islámica de Irán puso la bomba que atentó contra la AMIA-DAIA y, sin perjuicio de ello, se continuó con el tratamiento del Memorándum (…), que habría tenido como objetivo la impunidad de los acusados iraníes”, a través de la pretensión de “hacer caer los pedidos de captura de los terroristas”.

Por ello, la DAIA entiende “prudente y necesario” que Rafecas le pida a su colega Claudio Bonadío consultar esa causa “ad effectum videndi et probandi, a fin de analizar las pruebas y constancias que surgen de la misma, y considerando la nueva situación no valorada anteriormente, se proceda sin más trámite a continuar con la investigación de la denuncia oportunamente efectuada por el Dr. Nisman y que fuera requerida por el Ministerio Público Fiscal, ordenándose la producción de todas las medidas probatorias solicitadas en su momento por el fiscal Gerardo Pollicita”, el 12 de febrero de 2015, a las cuales adhirió.

“Debemos ser contundentes: apareció un elemento esencial que probaría el conocimiento que tenia Timerman respecto a la identidad de los responsables del atentado terrorista más sangriento y devastador de la historia de nuestro país, habiendo sido el funcionario que tuvo un rol preponderante en el acuerdo de entendimiento celebrado entre las autoridades del Poder Ejecutivo Nacional y las autoridades de la Republica Islámica de Irán, circunstancia que se vincula íntimamente con el objeto procesal”, aseguraron.

De confirmarse esa hipótesis, “nos encontraríamos ante una de las causas judiciales más grandes y de mayor gravedad que puedan existir en nuestros tribunales; por lo que la investigación de la presente requiere extremar todas las medidas de prueba posibles a fin de pretender arribar a su esclarecimiento”, exigió la DAIA.

“La investigación que se requiere en la presente adquiere relevancia especial por el significado histórico y por la gravedad institucional que posee. El atentado terrorista a las sedes de la AMIA-DAIA y su posible encubrimiento por parte de las máximas autoridades nacionales resultan ser hechos que por su crueldad y gravedad requieren el máximo de los esfuerzos por parte del Poder Judicial. No puede haber razón técnica ni limitación jurídica que suprima el deber del Estado en establecer la verdad y consagrar la justicia para hechos de tamaña gravedad. Y contando V.S. con el requerimiento fiscal de instrucción donde se solicitaron medidas de prueba, en un Estado que se jacta de ser respetuoso de la Constitución y los derechos humanos, cuanto menos se espera que lleve adelante una pesquisa que deseche o corrobore” la denuncia de Nisman, prosigue el escrito.

En este sentido, “consideramos inadmisible, desde la perspectiva de la lucha por los derechos humanos y el desarrollo de los procesos de construcción de verdad y justicia, que el Estado abandone la investigación de las posibles responsabilidades en los hechos oportunamente denunciados por el Dr. Nisman, ya que es un deber ético por parte de dicho Estado para con cada una de las víctimas, que requieren toda la verdad y no parte de ella; al mismo tiempo, es una necesidad política insoslayable para con la democracia y nuestra sociedad. Pero por sobre todas las cosas, existía ya desde el mismo requerimiento de instrucción –donde se solicitaron aproximadamente 50 medidas de prueba-, una obligación legal de (cuanto menos) dar curso a la investigación”, agregaron los referentes de la DAIA, en una clara crítica al accionar de Rafecas.

“El archivo de la causa cierra el proceso privando a las víctimas del derecho a su protección judicial en la averiguación de la verdad”, el cual es “autónomo, independiente e inalienable, no admite suspensión y no debe estar sujeto a restricciones”, insistieron.

En virtud de ello, “el Estado debe proveer las garantías necesarias a fin de asegurar a las victimas un debido proceso en la determinación y respeto de sus derechos, de lo contrario, aquél incurrirá en responsabilidad internacional”, anticipó la entidad judía, en una clara amenaza de recurrir a organismos supranacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya jurisprudencia citó varias veces.

Por otra parte, la presentación de la DAIA refiere al fallo del 22 de marzo de la Sala 6ª de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional porteña, que “destaca la relación del fallecimiento (de Nisman) con la denuncia” que éste efectuara contra la entonces Presidenta.

Cabe recordar que la denuncia por encubrir a los autores del atentado a la AMIA, que “ha sido ha sido judicialmente declarado crimen de lesa humanidad y calificado como genocidio” por el juez que lo investiga, Rodolfo Canicoba Corral, también involucra al diputado Andrés Larroque, el polémico dirigente kirchnerista Luis D’Elía, el presunto representante del gobierno iraní Jorge Alejandro “Yussuf” Khalil, el ex fiscal y juez Héctor Yrimia, el supuesto espía Ramón “Allan” Bogado y el líder de la organización extremista Quebracho, Fernando Esteche.

Pero “la investigación deberá también determinar el rol exacto que le cupo a ciertos individuos respecto de quienes, prima facie, se contarían con elementos que permitirían colegir que no resultan ajenos a la maniobra denunciada”, entre quienes se menciona al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, “y todas aquellas personas -funcionarios o no- que intervinieron en la elaboración, negociación, concreción y consumación del acuerdo” con Irán, puntualizaron los pretensos querellantes.

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