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AMIA/Atentado. Fiscal Taiano requiere enjuiciar a procesados por la denuncia de Nisman

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Itongadol/AJN.- El fiscal Eduardo Taiano requirió hoy, martes, la elevación a juicio oral por encubrimiento por favorecimiento personal de los imputados iraníes, agravado por el hecho precedente (el atentado a la AMIA) y por ser funcionarios públicos (varios de ellos), abuso de autoridad y estorbo de un acto funcional a través del inconstitucional Memorándum de Entendimiento con su país de los ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y canciller Héctor Timerman y otra decena de personas, tras la denuncia presentada por el entonces titular de la Unidad Fiscal de Investigación de ese ataque terrorista, Alberto Nisman, cuatro días antes de su muerte, de la cual ayer se cumplieron tres años.

Cuatro de ellas están detenidas en los penales de Ezeiza y Marcos Paz: el ex secretario legal y técnico de la Presidencia Carlos Zannini, el polémico dirigente kirchnerista Luis D\’Elia, el ex líder de la organización extremista Quebracho Fernando Esteche y el presunto nexo extraoficial con ese país Jorge “Yusuf” Khalil, mientras que en la misma situación deberían estar la anterior mandataria, protegida por sus fueros de senadora, y su ministro, excarcelado de su arresto domiciliario por razones extraordinarias y humanitarias a fin de ayudarlo -hasta ahora infructuosamente- a recuperar la visa que le retiraran los Estados Unidos y así posibilitarle continuar su tratamiento contra el cáncer.

Sin prisión preventiva están los ex vicecanciller Eduardo Zuain, secretario general de la Presidencia y luego titular de la Agencia Federal de Inteligencia Oscar Parrilli, procuradora general del Tesoro Angelina Abbona, y jefe de Gabinete y subsecretario de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a cargo de la “causa AMIA”, Juan Martín Mena, y el diputado Andrés Larroque.

Para Taiano existió un "plan criminal orquestado y puesto en funcionamiento" para "dotar de impunidad a los ciudadanos iraníes" acusados del atentado, de modo que éstos “pudieran sustraerse de la acción de la justicia" al liberarlos de “toda responsabilidad penal por dichos hechos -mediante la creación de una Comisión de la Verdad- y a través de ésta, introducir una hipótesis alternativa”.

La DAIA, primera responsable del desarchivo de la causa, requirió la elevación a juicio de todos los procesados el miércoles 17 de enero, mientras que dos días después lo hicieron Luis Czyzewski y Mario Averbuch, padres de Paola y Yanina, dos de las 85 víctimas del atentado, quienes también insistieron con la acusación por traición a la patria del titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 11, Claudio Bonadio, pese a que ese delito fue preliminarmente desestimado por los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah, de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.

Bonadio, quien ya dispuso la clausura parcial de la causa, mientras continúa la investigación contra otras personas, ahora les correrá vista a las defensas para que opinen en seis días hábiles y seguramente después ordenará la elevación a juicio para el sorteo del tribunal oral que lo tendrá a su cargo, lo cual ocurrirá en marzo.

Paralelamente, están pendientes de resolución las apelaciones a la Cámara Federal de Casación Penal por el procesamientocon o sin prisión preventiva de Fernández de Kirchner, Timerman, Parrilli, Zannini, Esteche, D´Elía y Khallil, así como los pedidos de excarcelación de algunos de los detenidos, porque la sala de feria desistió de tratar porque van "contra la confirmación de sus procesamientos dictada por la Sala II de la Cámara Federal y se dirigen contra un tema ajeno a aquellos excepcionales" del receso judicial.

Vale como antecedente que en el caso del piquetero se rechazó su libertad porque no logró "demostrar el vicio jurídico que alega, ni se ha hecho cargo de rebatir adecuadamente los argumentos en los cuales se sustentó la denegatoria" en las instancias judiciales anteriores, "razón por la cual queda en evidencia la ausencia de fundamentación del recurso interpuesto", sentenciaron Eduardo Riggi y Liliana Catucci en un fallo de tres páginas.

Asimismo, "en consonancia con las constancias de la causa, relativas a la prisión preventiva del recurrente" se encuentra justificado el "riesgo procesal", que "amerita la denegatoria de la excarcelación del procesado", añadieron.

Los jueces destacaron la improcedencia del recurso porque "el principio de doble instancia se halla debidamente garantizado por cuanto han recaído pronunciamientos concordantes del juez instructor y de la cámara respectiva", en referencia a Bonadio y a la Sala II de la Cámara de Apelaciones.

En cambio, Ángela Ledesma consideró que debía evaluarse el recurso del abogado Adrián Albor.

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