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Itongadol/AJN.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró hoy, martes, que no es discriminatorio que una empresa les prohíba a sus empleados usar todo signo religioso visible, lo cual involucraría a la kipá [solideo] y dijes o estampados propios de la tradición judía.
No obstante, el organismo con sede en Luxemburgo aclaró que sí lo sería una norma interna que pudiera ocasionar “una desventaja particular a aquellas personas que profesan una religión o tienen determinadas convicciones”.
La medida también alcanza al velo islámico y todo símbolo político o filosófico.