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La ley de pena de muerte para palestinos condenados por actos terroristas mortales es inconstitucional – Opinión

Por Gustavo Beron
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Itongadol/Agencia AJN.- La ley de pena de muerte para palestinos condenados por actos de terrorismo con resultado letal, aprobada esta semana por el pleno de la Knéset, constituye una mancha no solo en el ordenamiento jurídico de Israel, sino en el propio tejido de la sociedad israelí y del Estado. Se trata de una ley flagrantemente inconstitucional. No solo el Tribunal Supremo debe anularla, sino que cualquier juez que no se sume a un fallo en ese sentido será cómplice de un crimen moral, incluso si queda en minoría.

La ley representa además un caso extremo que justificaría una medida cautelar para suspender su aplicación. Aunque el Tribunal Supremo suele evitar este tipo de decisiones por respeto al equilibrio entre poderes, esta legislación amerita una orden provisional. De hecho, esa fue la primera solicitud de las organizaciones de derechos humanos que presentaron recursos contra su constitucionalidad.

Los demandantes sostienen que la ley no solo establece la implementación inmediata de la pena de muerte, sino que también puede socavar la presunción de inocencia. Advierten que podría llevar a acusados a confesar delitos que no cometieron para evitar la pena capital mediante acuerdos judiciales, lo que generaría un daño irreversible al derecho a un juicio justo.

El juez del Tribunal Supremo Yechiel Kasher dejó abierta la posibilidad de una medida cautelar, aunque rechazó congelar la ley de forma inmediata. Determinó que la Knéset y el gobierno deben presentar sus respuestas en aproximadamente dos meses, tras lo cual se evaluará si se suspende la vigencia de la norma mientras se resuelve el caso. Habitualmente, este tipo de deliberaciones constitucionales lleva años, no meses.

Otro paso hacia una anexión de facto

El principal problema de la ley es que, según sus críticos, es deliberadamente discriminatoria, ya que está diseñada para aplicarse exclusivamente a terroristas palestinos y no a judíos. Para ello, redefine el delito como “causar intencionalmente la muerte de una persona con el objetivo de negar la existencia del Estado de Israel”.

El objetivo sería diferenciar entre terroristas palestinos —que, según los redactores de la ley, actúan con esa intención— y terroristas judíos, cuyos crímenes difícilmente serían interpretados por los tribunales como dirigidos a negar la existencia del Estado.

Otro aspecto problemático es su aplicación directa en Cisjordania. Actualmente, los palestinos en ese territorio están sujetos a la ley militar, mientras que los colonos israelíes se rigen por la ley civil. Al aplicar legislación civil de la Knéset directamente a palestinos, sin pasar por el mando militar —la autoridad vigente en el territorio—, la norma acerca a Israel a una anexión legal de facto y lo aleja de los estándares del derecho internacional.

La ley también permite que los tribunales dicten pena de muerte incluso si la fiscalía no la solicita, rompiendo con el principio básico de que los jueces deben fallar dentro de los márgenes planteados por las partes.

Además, establece que las ejecuciones se realicen mediante ahorcamiento y que la identidad del funcionario encargado permanezca en secreto, bajo pena de prisión para quien la revele.

Un mensaje claro contra la ley

La Asociación por los Derechos Civiles en Israel argumentó que la ley es inconstitucional por violar gravemente el derecho a la vida. Según su presentación, convierte la pena de muerte en una opción predeterminada para palestinos, limita la discrecionalidad judicial y elimina garantías procesales esenciales.

Se espera que la fiscal general, Gali Baharav-Miara, que ha expresado su oposición a la pena de muerte, permita que el gobierno busque representación legal externa, dado su desacuerdo con el ministro de Seguridad Nacional, Itamar Ben Gvir, principal impulsor de la ley. Entre los demandados también figuran el primer ministro Benjamin Netanyahu y el ministro de Defensa Israel Katz.

La asesora legal de la Knéset, Sagit Afik, enfrenta un desafío adicional, ya que la legislación le exige defender la ley incluso si existen objeciones. En un informe previo, el equipo legal del comité de Seguridad Nacional ya había advertido contra su aprobación.

El documento destacó que la tendencia global es abolir la pena de muerte o dejarla sin aplicación. Más de dos tercios de los países del mundo ya la han eliminado. Entre los pocos que la mantienen figuran en su mayoría países del Tercer Mundo o regímenes autoritarios.

En Israel, la pena de muerte existía desde antes de esta ley, heredada del Mandato Británico y aplicada en casos excepcionales como traición o genocidio. Sin embargo, en 1954 la Knéset la abolió para el delito de asesinato.

Los asesores legales advirtieron que, para ser constitucional, la ley debería demostrar que la pena de muerte disuade el delito, que no existen alternativas menos lesivas y que sus beneficios superan sus daños.

Un valor judío y democrático

Finalmente, los críticos sostienen que la ley debe ser anulada no solo por fallar el test de proporcionalidad, sino por contradecir los valores fundamentales del Estado de Israel como Estado judío y democrático.

En ese sentido, citaron al ex juez del Tribunal Supremo Haim Cohn, quien tras la aprobación de la Ley Básica de Dignidad Humana y Libertad sostuvo que la prohibición de quitar la vida humana implica también rechazar la pena de muerte.

“El hecho de que un asesino haya quitado una vida no justifica quitar la suya”, escribió. Según Cohn, la tradición judía hizo todo lo posible para evitar ejecuciones, y el rechazo a la pena de muerte se ha convertido en un valor tanto judío como democrático.

Fuente: The Times of Israel

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