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El Tribunal Supremo de Israel reconoce de facto los matrimonios civiles por Internet

Por M S
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Itongadol.- El Tribunal Superior de Justicia de Israel rechazó el martes el recurso del Estado sobre la cuestión de los matrimonios celebrados en Utah (Estados Unidos), lo que significa que la Autoridad de Población está obligada a registrar debidamente a todas las parejas que se casaron de esta forma.

Esta decisión supone el reconocimiento de facto de los matrimonios civiles de israelíes celebrados en Utah por video. Según el tribunal, la Autoridad de Población y el Ministerio del Interior deben registrar como casada a toda pareja que se haya casado por lo civil en Utah.

El recurso del Estado es consecuencia de una petición presentada por la organización Hiddush por la Libertad Religiosa y la Igualdad, junto con ocho parejas que se registraron para contraer matrimonio y se casaron mediante Zoom ante las autoridades matrimoniales del condado de Utah.

«El fallo [coincide con] la posición de Hiddush de que la norma constante del Tribunal Supremo israelí desde la década de 1960, que ordenó el registro de los matrimonios en todos los casos en que el Estado trató de oponerse al registro de los matrimonios civiles de israelíes en el extranjero, debe aplicarse a los matrimonios de Utah», expresó un comunicado de prensa en nombre de la organización.

«El significado de la decisión es que la Autoridad de Población seguirá estando obligada a registrar a las parejas que se casaron online en el extranjero, aunque estén físicamente presentes en Israel en el momento de la ceremonia».

Los matrimonios se celebran en consulta visual con un oficiante matrimonial del estado de Utah y ya permitieron a miles de parejas de todo el mundo, incluidas unas 600 israelíes, casarse desde su lugar de residencia sin tener que desplazarse físicamente a Utah.

En Israel, el matrimonio sólo se permite de acuerdo con la Halajá, la Ley religiosa. Según las estimaciones, unas 700.000 personas no pueden casarse en el país, entre ellas cerca de medio millón de inmigrantes considerados no religiosos, parejas del mismo sexo, conversos reformistas y conservadores, y parejas inválidas para la Ley Judía.

«Acogemos con satisfacción la sentencia del Tribunal Supremo, que abre otra vía para el matrimonio de los ciudadanos y residentes de Israel», afirmó el rabino Uri Regev, director general de Hiddush.

Marriage (credit: PIXABAY)

Además, Reguev agregó que «el Estado de Israel es la única democracia occidental en el mundo que niega a sus ciudadanos la libertad de matrimonio debido a la demanda de los partidos religiosos. Es importante entender que, por un lado, la sentencia no es una innovación legal, sino la continuación de una norma coherente que el tribunal siguió durante 60 años. Pero, por otro lado, se trata de abrir las puertas de par en par a las parejas israelíes que quieren ejercer su derecho a contraer matrimonio, ya sea porque el Estado de Israel se lo impide o les niegan la posibilidad de casarse en una ceremonia igualitaria que se adapte a su visión del mundo y a su estilo de vida.»

Hila Far, presidenta de The Aguda – Asociación para la Igualdad LGBTQ+ en Israel, celebró que mientras el Estado envía a las parejas al extranjero para formalizar matrimonios y lucha para impedir que sean reconocidos, el Tribunal Superior de Justicia demostró una vez más la importancia de un poder judicial independiente para proteger los derechos de los ciudadanos.

Sin embargo, dijo que aunque la sentencia es importante, «no sustituye al matrimonio LGBTQ+ en Israel, que sigue estando prohibido por la ley».

En junio de 2021, la Autoridad de Población e Inmigración del Ministerio del Interior informó formalmente al Tribunal de Distrito de Lod de que no registraría los matrimonios civiles celebrados en una ceremonia online en Utah.

La autoridad adjuntó a la pareja en cuestión a la carta como parte de su respuesta al tribunal, en la que decía que la pareja no había tenido un representante en Utah cuando se celebró la boda.

También decía que «la mayoría de los componentes de la boda se refieren a actos realizados en Israel», y que «la mayoría de las afiliaciones de esta ceremonia matrimonial no corresponden al estado donde se expidió el certificado».

La autoridad concluyó que la boda se había celebrado esencialmente en Israel y que, al no existir ninguna disposición sobre matrimonio civil en el Estado judío, el matrimonio no podía registrarse en la Autoridad de Población e Inmigración.

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