Itongadol.- El 26 de junio pasado el Juez Ariel Lijo firmó el sobreseimiento definitivo de Zbar en la causa que le promovió Alberto Nisman como querelllante hace casi exactamente cinco años. Este cierre de la causa no fue apelado, por lo tanto quedó firme y es "cosa juzgada".
La denuncia promovida por Nisman fue por “coacción agravada”, un delito que se castiga con seis años de prisión, por supuestas amenazas telefónicas que Zbar le habría hecho para que actúe de determinada manera en la causa AMIA. El juez Lijo consideró que no se probó el hecho atribuido a Zbar y que si hubiera existido la llamada con el contenido que denunció Nisman no habría sido delito. Agustín Zbar, que en el 2009 se desempeñaba como Secretario de Asuntos Legales de la AMIA (activista voluntario de la mutual) y seguía desde ese sitio el desarrollo de la investigación, desde el primer día afirmó que nunca en su vida había hablado por teléfono con el Fiscal Nisman.
Lijo había dictado a favor de Zbar dos sobreseimientos anteriores (2010 y 2012), apelados por Nisman como "víctima" (pero no por el Fiscal Stornelli representante del Ministerio Público en la causa) sobreseimientos que fueron revocados por dos votos a uno por la Cámara de Apelaciones (en la Sala I que integran Freiler, Farah y Ballestero quien votó las dos veces para confirmar el sobreseimiento de Lijo).
El año pasado, el Juez Lijo sin que existieran pruebas contra el imputado y a pesar de que toda la dirigencia de AMIA y DAIA prestó declaración a favor de Zbar lo citó a prestar declaración indagatoria obligado por la Sala I de la Cámara. Un año después el Juez lo sobreseyó por tercera vez, ahora definitivamente, pues esta vez la decisión no fue apelada. En este caso, se hizo Justicia.