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AMIA/Atentado. DAIA: “La herramienta para destrabar la causa es la ley de juzgamiento en ausencia”

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 Itongadol/AJN.- “Consiste en darle la posibilidad al juez de continuar sin la presencia física de los imputados que tiene bajo pedido de captura internacional, quienes no perderían sus derechos consagrados constitucionalmente, e inclusive condenarlos o absolverlos en base a las pruebas”, explicó su prosecretario 1º y titular del Departamento de Asuntos Jurídicos, Santiago Kaplun.

“Estamos convencidos de que el Memorándum (de Entendimiento firmado el año pasado con Irán en paralelo a la investigación del atentado a la AMIA) no es una herramienta idónea para seguir con la causa y seguiremos defendiendo en (la Cámara de) Casación y la Corte Suprema esa posición, que hasta ahora tiene favorable acogida en el Poder Judicial”, anticipó hoy, viernes, el prosecretario 1º de la DAIA y titular de su Departamento de Asuntos Jurídicos, Santiago Kaplun, en diálogo con la Agencia Judía de Noticias (AJN) al día siguiente del fallo de la Sala I de la Cámara de Apelaciones que declaró la inconstitucionalidad del mismo, a pedido de ambas instituciones centrales de la comunidad judeoargentina.

De cara al futuro y ante la eventualidad de la anulación judicial de ese polémico acuerdo “seguimos con la idea de proporcionar una herramienta para la continuidad de la causa”, a pesar de que “ni una entidad ni muchísimo menos las víctimas somos los encargados de brindar esa solución”, prosiguió.

“Estamos convencidos de que un elemento muy importante para destrabar la causa es la ley de juzgamiento en ausencia para casos específicos -crímenes de lesa humanidad como el atentado que sufrimos hace ya casi veinte años-, de la cual venimos hablando hace bastante tiempo como un proyecto de nuestro Departamento de Asuntos Jurídicos”, aseguró el dirigente comunitario.

Kaplun explicó a AJN que esa iniciativa “básicamente consiste en darle la posibilidad al juez de continuar con la causa sin la presencia física de los imputados que tiene bajo pedido de captura internacional, quienes no perderían sus derechos consagrados constitucionalmente, e inclusive condenarlos o absolverlos en base a las pruebas colectadas”.

“Hay varios países que lo tienen -el caso más emblemático es el de (el represor argentino Alfredo) Astiz, que fue condenado en Francia (a cadena perpetua en 1990)- y estamos tomando lo mejor de cada uno”, agregó.

“Hay una corriente de pensamiento que convalida nuestra posición para este caso específico e incluso está trabajando con nosotros para generar una herramienta que ya casi la tenemos para presentar para su tratamiento en el Congreso”, aseveró el prosecretario 1º de la DAIA.

“El gobierno puede estar convencido de su posición, nosotros lo estamos de la nuestra, cada uno expone y plantea lo que le parece ante la Justicia de un país democrático, que se expide para un lado o para el otro y nuestra relación no cambia en absoluto por el Memorándum: el diálogo sigue vigente y fluido”, finalizó.

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