Inicio MEDIO ORIENTE Israel. El Tribunal Supremo rechaza una petición que exigía la publicación íntegra del acuerdo de alto el fuego en Gaza

Israel. El Tribunal Supremo rechaza una petición que exigía la publicación íntegra del acuerdo de alto el fuego en Gaza

Por Gustavo Beron
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Itongadol.- El Tribunal Superior de Justicia rechaza una petición que exigía que se publicara el acuerdo completo entre Israel y el grupo terrorista Hamás para el alto el fuego en curso y el acuerdo de liberación de rehenes, dictaminando que la Ley Fundamental: El Gobierno autoriza al gobierno a llevar a cabo una diplomacia secreta.

Aunque se publicó parte del acuerdo, el gobierno no hizo público el Apéndice B, que incluye mapas y otros detalles que describen los parámetros del acuerdo.

La organización Israel Democracy Guard (IDG) presentó una petición argumentando que los ciudadanos de Israel tienen derecho a conocer la naturaleza de los acuerdos firmados entre el gobierno de Israel y la organización terrorista Hamás.

IDG afirmó que este derecho debería prevalecer sobre las preocupaciones y afirmaciones del gobierno acerca de los riesgos para la seguridad derivados de la publicación del acuerdo, ya que la propia Hamás conoce perfectamente los términos del acuerdo que firmó.

El Estado argumentó que publicar los detalles del acuerdo pondría en peligro su aplicación y, por tanto, la seguridad del Estado y las relaciones exteriores del país; que el derecho del público a conocerlo no era absoluto y que la Ley Fundamental: El Gobierno le faculta para mantener en secreto tales asuntos.

El tribunal señala que la petición surgió de «una profunda preocupación por el bienestar de los rehenes retenidos por Hamás», y admite que la transparencia de la acción gubernamental y el derecho del público a recibir información sobre lo que hacen sus representantes «son las piedras angulares de la gobernanza democrática» que se fundamentan en la legislación israelí.

Sin embargo, dictamina en última instancia que estos principios son relativos y no absolutos, y están sujetos a condiciones estipuladas en la ley, incluida la Ley Fundamental: El Gobierno, que faculta expresamente al Gobierno para mantener en secreto las decisiones relativas a la seguridad del Estado y las relaciones exteriores.

El Tribunal afirma, como ha hecho en repetidas ocasiones, que se remite al Gobierno y a los servicios de seguridad en lo que respecta a las reclamaciones sobre seguridad nacional y, por lo tanto, rechaza la petición.

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