Itongadol/Agencia AJN.- Mientras los vuelos de rescate de israelíes en el exterior se han lanzado a un ritmo lento, hay un buen número de turistas, extranjeros e israelíes que desean abandonar el país y no pueden. La directiva actual solo permite el acceso a cruceros y algunos vuelos a turistas, grupos y diplomáticos, mientras que el resto de la gente no sabe qué hacer. Algunos salen por los cruces fronterizos terrestres, otros logran embarcar en un barco privado a Lárnaca, pero con el paso del tiempo, la paciencia de quienes se encuentran varados en el país se agota.
El Movimiento por un Gobierno de Calidad se opuso a la intención de limitar los vuelos de salida y afirmó que constituye una «grave violación del derecho constitucional a salir del país», consagrado en el artículo 6 de la Ley Fundamental sobre la Dignidad Humana y la Libertad, y que existen grandes dudas sobre si restricciones tan amplias pueden establecerse por decisión gubernamental únicamente, como ocurre actualmente.
Su demanda citó la sentencia de la Corte Suprema del 17 de marzo de 2021, según la cual las normas que imponían restricciones a la entrada y salida del país eran inconstitucionales por no cumplir con los criterios de proporcionalidad de la cláusula restrictiva. La jueza Hayut enfatizó la importancia fundamental del derecho otorgado a los ciudadanos a entrar y salir de su país como «uno de los fundamentos de la vida constitucional».
El movimiento enfatizó que si bien el derecho a la circulación no es absoluto, debe darse gran importancia a que esto vulnera la libertad de circulación y el derecho constitucional de los ciudadanos, y que se debe actuar en la medida de lo posible para lograr una solución proporcionada que equilibre el propósito de mantener la seguridad de los ciudadanos con la vulneración de dicho derecho constitucional.