Itongadol/Agencia AJN.- El fiscal Carlos Stornelli dio por concluida la instrucción y solicitó la elevación a juicio oral y público de Mariano Corera, acusado de intento de homicidio agravado por odio religioso por haberle tirado un caño a una mujer judía y su bebé desde un balcón.
El titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4 contestó así la vista que le corriera el titular subrogante del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 12, Julián Ercolini, en la causa CFP N° 4.263/2025, caratulada «Corera, Mariano Andrés s/Infracción ley 23.592 (art. 3), denunciante: Cúneo Libarona, Mariano».
Se trata del caso ocurrido el sábado 4 de octubre, aproximadamente a las 13.30 hs., cuando Corera arrojó, desde un balcón en el piso 3 de Cabello 3961, un «elemento metálico contundente» contra el patio del piso 1, mientras insultaba con agravios antisemitas a Michelle Schmukler y su bebé de entonces 8 meses, Tomer Ben David, quienes no resultaron golpeados.
Stornelli citó como pruebas de cargo las declaraciones de la damnificada, su esposo y su empleada doméstica, varios policías porteños que intervinieron y diversos peritos, así como evidencia documental.

Entre los aportes más importantes se encuentra el «Informe de evaluación por guardia interdisciplinaria del Programa Integral de salud Mental Argentino (PRISMA) de fecha 28 de octubre de 2025, respecto de Mariano Corera cuyos resultados arribaron a la conclusión de que el nombrado no presenta criterio para ser admitido» en el mismo, o sea que no presenta problemas mentales que lo imposibilitaran ser consciente de sus actos.
De hecho, «no se pudieron advertir elementos suficientes que permitan objetivar que el encausado no haya podido comprender su conducta y/o dirigir sus acciones en relación al momento del hecho investigado», dictaminó.
En su indagatoria, Corcuera reconoció el ataque, aunque aseguró para mejorar su situación procesal: «no quise matarla, no quise tirarle a ella sino al jardín como un acto adolescente. Lamento lo sucedido, fue la única vez, no volverá a pasar».
«No tengo nada en contra de los judíos», agregó, para descartar el agravante por odio religioso, pero Stornelli no le creyó.
Por el contrario, «los elementos reunidos en autos conforman un cuerpo probatorio lo suficientemente férreo como para acreditar la materialidad de los hechos investigados en autos, como así también la autoría y responsabilidad de Mariano Andrés Corera, con la valoración de los mismos elementos de convicción citados en los apartados precedentes», sostuvo.
Especial relevancia tiene el testimonio de Jennifer Villalba, quien se encontraba en la cocina al momento del hecho y escuchó a Schmukler contar lo sucedido. Luego de calmarla, ella misma «se dirigió al patio y pudo observar el objeto metálico, al cual describió como un metal de más o menos 10/12 centímetros, más o menos grueso y de color plateado y que se encontraba entre las plantas del fondo», contó el fiscal.
En rigor, «del peritaje efectuado por el Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal de la CABA, se desprende que el objeto secuestrado se trata de un elemento de 22.6 mm de diámetro, 10 centímetros de largo, con un peso de 67.82 gramos y compuesto por aluminio», precisó.
«De esta manera, los elementos recabados en autos y las particulares características del caso, permite sostener, con la provisoriedad que la etapa exige, que el imputado ha evidenciado una clara intención homicida, motivada por odio religioso, que afortunadamente no ha podido consumar por causas ajenas a su voluntad», sintetizó Stornelli.
Por ello, «puesto a analizar la significancia jurídica del accionar desplegado por Mariano Andrés Corera entiendo que debe responder como autor del delito de homicidio agravado por odio religioso en grado tentado (art. 80, inciso 4° del Código Penal de la Nación, en función del agravante del art. 2º de Ley 23.592, arts. 42 y 45 del CPN)», por el Código Penal de la Nación, concluyó.

