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Juez israelí le prohíbe a una «influencer» publicar fotos de sus hijas menores en malla

Por IG
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Itongadol/Agencia AJN.- No era la primera vez que un juzgado de familia debía resolver una disputa entre padres divorciados sobre la publicación de fotos y videos de sus hijos menores en redes sociales, pero en los últimos años se ha añadido una nueva dimensión al asunto, ya que para muchos «influencers» constituye una fuente de ingresos.

Un «influencer» es una persona que promociona productos y servicios comerciales entre una amplia audiencia de seguidores a cambio de una compensación económica mediante la publicación frecuente de contenido, generalmente fotos y videos.

La gran mayoría de los «influencers» y sus seguidores son mujeres, por lo que el contenido suele incluir a sus hijos.

Así, «Sh. T.» había estado publicando contenido sobre la vida diaria de sus hijas en redes sociales desde que eran pequeñas, pero ahora se encuentra en un proceso de divorcio y la expareja está inmersa en un conflicto muy intenso, que incluye solicitudes de órdenes de restricción.

En este contexto, el esposo presentó una solicitud ante el Juzgado de Familia de Ashdod en la que pedía una orden de restricción que le prohibiera a su exmujer publicar contenido de sus hijas menores de cinco y seis años, eliminar el ya publicado y estipular que cualquier publicación futura solo se realizaría con el consentimiento de ambos padres.

Según él, publicar fotos de las menores en redes sociales podría exponerlas a violaciones de la privacidad, riesgos de seguridad e incluso repercusiones en su autoestima, especialmente dada su corta edad y el hecho que no pueden expresar una opinión independiente sobre el tema.

En cuanto a la publicidad realizada por un particular sobre actividades cotidianas, vacaciones y eventos, la jurisprudencia israelí ha establecido que se incluye dentro del ámbito de las decisiones normales y diarias derivadas de la responsabilidad parental.

La publicidad incluso puede beneficiar a los menores, ya que permite compartir experiencias con familiares y amigos, contribuye a un sentido de comunidad y apoyo entre los padres, crea un registro digital para el menor y también refleja el deseo de sus padres de expresarse y compartir su mundo.

El derecho de los padres a publicar fotos de menores está condicionado a que consideren que, una vez publicadas en Internet, el contenido puede permanecer disponible durante mucho tiempo e incluso llegar a manos de terceros hostiles, por lo que deben asegurarse de que no vulnere la privacidad y seguridad del menor.

La situación es diferente cuando se trata de publicaciones en Internet de «influencers» dirigidas al público general, ya que el riesgo inherente a una exposición tan extensa de menores choca con el sustento de sus padres.

En este caso, el juez señaló que antes de la separación, la madre publicaba habitualmente fotos de los menores, el padre lo sabía y no se oponía, por lo que la separación en sí misma no justifica un cambio radical en la situación.

Asimismo, dada la intensidad del conflicto entre los padres, no descartó que el motivo del padre no fuera necesariamente el bienestar de los menores, sino más bien el deseo de perjudicar a la madre.

Por otro lado, el tribunal dictaminó que debía tenerse en cuenta que se trataba de menores de edad que no podían expresar su posición ni voluntad respecto a la exposición de sus imágenes, así como el hecho que la familia llevara una vida religiosa.

Por consiguiente, autorizó a la madre a seguir utilizando las fotos de las nenas, pero le impuso restricciones que prohíben la publicación de contenido en el que aparezcan en situaciones íntimas, desnudas o con ropa inadecuada para la temporada, incluyendo mallas, en cumplimiento de la obligación de proteger su privacidad y considerando la vida religiosa de las partes.

Además, el tribunal ordenó la prohibición de publicar cualquier contenido que involucre a las menores en detalles del conflicto entre sus padres o procedimientos judiciales.

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