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No es la primera vez -ni será la última- que la mala fe y la mezquindad, llevan a una persona a colocar todas las culpas en otro, pues ello le permite disimular su propia mediocridad y pequeñez. Todas las versiones y comentarios que ya hace tiempo circulan dentro del ámbito comunitario por los conocedores de la próxima elección y que fueron llegando a mis oídos –no es mi intención ni función opinar al respecto, pero las consideraciones del renunciante hacia mi persona me obligan ello-, eran absolutamente coincidentes en que Zbar, de presentarse, iba a sufrir una derrota numéricamente contundente, y que la diferencia a favor de Donzis sería de tal magnitud que no registraría antecedentes en elecciones comunitarias anteriores. Rápido de reflejos, y a fin de evitar un papelón que su ego no podría soportar, Zbar decidió bajarse de su candidatura y encontró la excusa justa en una causa que le inicié hace más de 5 meses, y donde hace ya una semana pedí que sea citado a prestar declaración indagatoria por haberse reunido una serie de elementos que demuestran su clara autoría en las amenazas agravadas que me profirió. Es en la justicia, entonces, donde deberá dar todas sus explicaciones.
Ocurrido el desafortunado episodio que lo tuvo como protagonista, y en aras de custodiar y poner a salvaguarda una investigación judicial que venía y viene siendo sistemáticamente saboteada por personas hoy procesadas y estrechamente vinculadas a Zbar, decidí llevar el tema a la justicia para poner fin a su actitud patoteril. Consultas posteriores que efectué con Familiares de las Víctimas y algunos ex dirigentes comunitarios, me confirmaron que, más allá de lo jurídico, había tomado el camino correcto.
Habituado Zbar a su incapacidad de posicionarse por mérito y acciones propias, sus esfuerzos figurativos en tal sentido se centran en el ataque sistemático, entre otros, a quien intenta, después de muchos años de mentiras y engaños y junto con un excelente equipo que lo secunda, dar respuesta con denodado esfuerzo y un total apego a la legalidad a las cuestiones que aún faltan esclarecer del terrible atentado a la sede de la AMIA.
Dos recientes ejemplos dan prueba de su tendencioso accionar. Las insistentes versiones de dirigentes comunitarios del fuerte lobby que efectuó por canales, si bien judáicos, pero por fuera de los que competen a la propia organización de la AMIA, a fin que se impida al Presidente de la AMIA Guillermo Borger, de aprovechar la excelente oportunidad de integrar la Delegación Argentina que se encuentra en Lyon para tratar con dicho organismo diversos mecanismos para destrabar las órdenes de captura que pesan sobre los ciudadanos iraníes, participando activamente de las discusiones, por la sola circunstancia que se encontraba judicialmente querellado por mí.
Por otro lado, de manera falsa y engañosa afirmó que desde el mes de mayo de 2009, luego del pronunciamiento de la Corte que ordena juzgar nuevamente a Carlos Telleldín, no avancé rápidamente en ese sentido para destrabar la conexión local, consagrando la impunidad.
Obviamente que todos tienen derecho a opinar, y máxime en un tema tan sensible como este atentado terrorista, pero lo que ocurre es que en una persona que ha sido representante del pueblo y teniendo en cuenta los cargos públicos que ha desempeñado, se le requiere un mínimo de seriedad y estudio de la cuestión. De interiorizarse mínimamente en el expediente judicial- cosa que no ha hecho nunca, ni antes ni ahora, evidenciando un alarmante grado de desconocimiento de las cuestiones más sencillas y evidentes que rodean al expediente- sabría que más allá de poseer una parte de mi equipo trabajando denodadamente para producir diligencias de prueba y medidas coercitivas en ese tópico una vez que las actuaciones lleguen a mi poder, lo cierto es que luego del fallo de la Corte, la causa pasó a la Excma. Cámara Nacional de Casación Penal, para que dicte un nuevo fallo con respecto de Carlos Telleldín, con arreglo a lo resuelto por la Corte, lo que hasta la fecha no se ha producido y la causa sigue en poder de dicho Tribunal Casatorio. Esto quiere decir que mientras esa circunstancia se mantenga, ni el suscripto, ni el juez, ni nadie, salvo la Cámara de Casación, puede disponer medida alguna al respecto, por carecer del expediente y por cuanto, hacerlo en dichas circunstancias, implicaría la comisión de un delito penal por parte de quien ordena medida de prueba respecto de una persona cuya situación aún se encuentra a estudio de otro Tribunal. Tan es así que tanto la DAIA como la AMIA (a la que Zbar asesora) presentaron un escrito ante la Cámara de Casación solicitando que se expidan teniendo en cuenta la premura que el caso requería.
Para ello, no es necesario estar al tanto de los pormenores de la causa Amia -en cuyo caso Zbar estaría excusado, por su desconocimiento de la misma,- sino que sólo se requiere no pecar de ignorancia en las más elementales reglas del derecho penal y procesal. Ello me convence, una vez más, de la mala fe que guía el accionar de quien ve la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio, concluyó el Fiscal a la Agencia Judía de Noticias.